La afiliación al CDP es voluntaria, pudiendo ser miembros del mismo, previa aprobación en primera instancia por las Seccionales y la aprobación o rechazo definitivo del Comité Ejecutivo del CDP:
a) Los graduados de las escuelas de periodismo y/o comunicación social de nivel Universitario.
b) Las personas que ejerzan como periodistas en medios nacionales de comunicación, siempre que cumplan los requisitos planteados en el articulo 4 de la ley 10-91 que dice:
Art 4.– Para los fines de esta ley, y otras leyes, se considera periodista profesional al graduado de las escuelas de periodismo y/o comunicación social de nivel universitario, al que tiene por ocupación principal, regular y retribuida, buscar, obtener y emitir informaciones u opiniones en publicaciones periódicas, en medios audiovisuales, en agencias de noticias, en oficinas y agencias destinadas a la distribución de informaciones, y que obtiene de esa ocupación los principales recursos para su subsistencia.
Documentos Requeridos:
Formulario de Solicitud Completado o descargarlo aquí.
Carta de Grado de la Universidad
2 – Copia de la Cédula
2 – Fotos 2 x 2